El 1 de enero de 2027 la semana laboral en México baja de 48 a 46 horas. Dos horas parecen poco. En una planta con tres turnos esas dos horas no caen parejo: hay un turno que ya cumple sin tocar nada y otro que deja de cuadrar el primer lunes del año. Y hay una cifra de la reforma que varios resúmenes que circulan traen incompleta. Llego a ella más abajo, porque cambia el presupuesto de horas extra de 2027.
Primero, lo que dice la ley.
Lo que publicó el Diario Oficial el 1 de mayo
La reforma constitucional salió en el DOF el 3 de marzo de 2026 y la reforma a la Ley Federal del Trabajo el 1 de mayo. El artículo 59 fija un máximo de 40 horas semanales, pero llega por etapas, cada 1 de enero:
| Año | 2026 | 2027 | 2028 | 2029 | 2030 |
|---|---|---|---|---|---|
| Horas por semana | 48 | 46 | 44 | 42 | 40 |
Tres cosas no cambian. La jornada diaria sigue igual: 8 horas la diurna, 7 la nocturna y 7.5 la mixta (artículo 61). Se mantiene un día de descanso con salario íntegro por cada seis de trabajo (artículo 69). Y el sueldo no puede bajar: el transitorio séptimo dice que la reducción nunca implicará disminución de sueldos, salarios o prestaciones.
Esa última línea es la que pega en costos. Si una persona gana lo mismo por 46 horas que antes por 48, cada hora ordinaria le cuesta a la planta alrededor de 4.3% más (48 entre 46). Antes de hablar de horas extra, eso ya es un número que su casa matriz en Estados Unidos o en Japón va a querer ver explicado.
Pero el costo por hora es lo de menos. Lo que complica 2027 es cómo se acomodan los turnos.
El turno que ya cumple sin que usted haga nada
Haga la cuenta con la jornada diaria de la ley y seis días de trabajo:
- Turno nocturno: 6 × 7 = 42 horas. Ya está debajo de 46.
- Turno mixto: 6 × 7.5 = 45 horas. También.
- Turno diurno: 6 × 8 = 48 horas. Dos horas arriba.
En 2027 el problema vive en el turno de día. Los roles de noche y mixto cumplen con la jornada de 46 horas tal como están hoy. Conviene revisarlos de todos modos pensando en 2028, cuando el máximo baja a 44 y el mixto ya no cabe.
Para el turno diurno hay varias salidas. La ley no obliga a ninguna en particular y cada una tiene su costo:
- Recortar horas: por ejemplo, cinco días de 8 horas y uno de 6. Da menos horas por persona.
- Contratar o redistribuir personal para cubrir las horas que salen de la semana.
- Mantener las 48 horas reales y pagar las dos de diferencia como tiempo extra.
La tercera es la que muchas plantas van a escoger, porque no mueve la operación. Y es justo la que choca con la cifra que prometí al inicio. Antes de llegar a ella falta una pieza, porque esas horas extra van a quedar registradas.
El registro que se vuelve su prueba
La reforma agrega la fracción XXXIV al artículo 132: la empresa tiene que registrar de manera electrónica la jornada de cada persona, con hora de inicio y de fin, y entregarlo a la autoridad cuando lo pida. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social va a publicar las reglas de a quién aplica y con qué excepciones, y esas reglas entran en vigor el 1 de enero de 2027. No llevar el registro tiene una multa de 250 a 5,000 UMA (artículo 994, fracción IV Bis).
Hay un detalle que se pasa por alto: el registro hace prueba plena si se acredita que fue acordado entre la persona trabajadora y la empresa. Un reloj checador cuyo uso quedó por escrito en el contrato o en el reglamento interior pesa más que uno que nadie firmó.
Con el registro en marcha, cada hora extra queda contada con su hora de entrada y de salida. Ahora sí, la cifra.
Las horas extra de 2027 no son las que usted leyó
El artículo 66 reformado dice que el tiempo extra no excederá de 12 horas a la semana, en hasta 4 horas diarias y un máximo de 4 días, y se paga con 100% más. Mucho de lo que circula se quedó con ese 12.
El dato completo está en el transitorio cuarto del mismo decreto: el tope de 12 horas también llega por etapas. En 2026 y 2027 es de 9 horas. Sube a 10 en 2028, a 11 en 2029, y hasta 2030 llega a 12.
Lo que pasa de ese tope se rige por el artículo 68: no puede exceder 4 horas a la semana y se paga con 200% más, es decir, al triple. Y ningún día la suma de jornada ordinaria y extraordinaria puede pasar de 12 horas.
Ahora junte las dos piezas. Si su turno de día sigue trabajando 48 horas, esas 2 horas ya son tiempo extra y se comen 2 de las 9 permitidas. Le quedan 7 horas al doble antes de entrar al triple. Un operador del turno diurno que trabaja 10 horas extra a la semana sumaría en 2027 12 horas por encima de la jornada: 9 al doble y 3 al triple. Arriba de 13 ya no hay manera legal de pagarlas, porque la ley no las permite.
Ese es el número que conviene llevar al presupuesto de 2027. Un cálculo hecho con "12 horas extra" lo subestima.
Lo que revisaría antes del 31 de diciembre
La ley dio de mayo a diciembre de 2026 para ajustar los procesos de trabajo (transitorio tercero). Si su planta no lo ha hecho, esto es lo que yo revisaría, en este orden:
- Los roles de turno: cuántas horas ordinarias por semana da cada uno contra la jornada de 46.
- El tiempo extra real de los últimos meses, por turno, contra el tope de 9 horas.
- El costo de 2027 con el salario por hora nuevo y las horas al doble y al triple, listo para explicárselo a su casa matriz.
- Contratos individuales, contrato colectivo si lo hay, y reglamento interior.
- El sistema de registro de jornada y el acuerdo por escrito con el personal.
- La prima dominical en los roles que trabajan en domingo, que sigue en al menos 25% (artículo 71).
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo aplica la jornada de 46 horas?
Desde el 1 de enero de 2027. En 2026 el máximo sigue siendo de 48 horas semanales.
¿Cuántas horas extra se pueden trabajar en 2027?
Hasta 9 a la semana, pagadas con 100% más, en un máximo de 4 horas diarias y 4 días. Lo que pase de 9, hasta 4 horas más, se paga con 200% más.
¿Se puede bajar el sueldo por trabajar menos horas?
No. El transitorio séptimo del decreto prohíbe que la reducción de jornada disminuya sueldos, salarios o prestaciones.
Su turno de día, con números
Ya sabe dónde está el problema: el turno de noche cumple, el de día no, y el tiempo extra de 2027 se topa en 9 horas. Falta verlo con los roles y la nómina de su planta. En una revisión de sus turnos contra la jornada de 46 horas le digo qué turnos dejan de cuadrar, cuántas horas quedarían al triple y cuánto cambia el costo para el reporte a su casa matriz. Agende una llamada aquí.
Fuente: Decreto de reforma a la Ley Federal del Trabajo, DOF, 1 de mayo de 2026.